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Atresmedia, condenada a pagar 157.000 euros por 'publicidad encubierta'

La entidad televisiva Atresmedia ha sido condenada a pagar una cuantiosa multa de 157.500 euros por cometer una infracción grave, según señaló la CNMC (la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia). La organización explicó que la empresa emitió publicidad encubierta en uno de sus programas, "Juntas, podemos".

“Sancionamos a Atresmedia por emitir publicidad encubierta. El programa, emitido en Atresplayer, estaba promovido por una marca comercial de alimentación, pero no se identificó adecuadamente su carácter publicitario”, explicaban en el comunicado. Posteriormente, especificó que "la CNMC ha sancionado a Atresmedia por la emisión de publicidad encubierta en el programa ‘Juntas cambiamos', difundido a través de su servicio de comunicación audiovisual a petición de Atresplayer. La infracción se produjo, al menos, entre el 16 de julio de 2024 y el 21 de mayor de 2025".

Al parecer, al inicio del programa se anunció con qué marca iban a colaborar, pero no apareció la pertinente señalización durante la realización del programa. “En la descripción del programa se indicaba que estaba ofrecido por una marca comercial de alimentación. Sin embargo, más allá de esa referencia inicial, el contenido no incluía ninguna identificación adicional de su carácter publicitario, en particular, mediante el indicativo de ‘publicidad’”, dijo la CNMC.

“Durante su emisión se realizaron menciones directas a la marca, se aludió a productos alimenticios vinculados a la misma y se emplearon elementos visuales asociados a su identidad corporativa en el decorado, vestuario y materiales en pantalla”, concluyó el comunicado.

La multa inicial superaba los 250.000 euros, pero el reconocimiento de responsabilidad por parte de Atresmedia ha reducido la sanción a los poco menos de 160.000 euros.

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